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title: "Ley de control horario en España: obligaciones, multas y nuevo registro digital [actualizado julio 2026]"
description: "El registro horario digital obligatorio está a punto de aprobarse. Qué exige hoy la ley de control horario, qué multas aplica Inspección y cómo prepararte."
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Normativa laboral

# Ley de control horario en España: obligaciones, multas y nuevo registro digital \[actualizado julio 2026\]

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Eva Gauche

TramitApp

15 de julio de 2026

12 min de lectura

Contenido

-   [¿Qué va a cambiar con el nuevo registro horario digital?](#qué-va-a-cambiar-con-el-nuevo-registro-horario-digital)
-   [¿En qué punto está el real decreto? (julio de 2026)](#en-qué-punto-está-el-real-decreto-julio-de-2026)
-   [¿Qué exige la ley de control horario hoy?](#qué-exige-la-ley-de-control-horario-hoy)
-   [¿Qué multas aplica la Inspección de Trabajo?](#qué-multas-aplica-la-inspección-de-trabajo)
-   [¿Qué hago si aún ficho en papel o Excel?](#qué-hago-si-aún-ficho-en-papel-o-excel)
-   [Checklist: ¿cumple tu empresa con la ley de control horario?](#checklist-cumple-tu-empresa-con-la-ley-de-control-horario)
-   [Preguntas frecuentes sobre la ley de control horario](#preguntas-frecuentes-sobre-la-ley-de-control-horario)
-   [Conclusión: el que llega preparado no corre](#conclusión-el-que-llega-preparado-no-corre)

![Ley de control horario en España: obligaciones, multas y nuevo registro digital \[actualizado julio 2026\]](https://www.tramitapp.com/img/ley-control-horario-1777546600806.png)

La ley de control horario obliga a todas las empresas en España a registrar la hora exacta de entrada y salida de cada persona trabajadora, conservar esos datos durante al menos 4 años y tenerlos disponibles para la Inspección de Trabajo. Y está a punto de cambiar: **el nuevo horizonte para aprobar el registro horario digital obligatorio es septiembre de 2026**, después de que las objeciones del Consejo de Estado obligaran a reescribir el texto y descartaran el plan de sacarlo antes del verano ([Qué!, 26-jul](https://www.que.es/2026/07/26/registro-horario-obligatorio-septiembre-2026/)). Tras su publicación en el BOE, entraría en vigor en cuestión de semanas.

Si gestionas personas, esto te afecta directamente — sobre todo si aún fichas en papel o Excel. Vamos al grano: qué va a cambiar, en qué punto está el decreto, qué exige la ley hoy y qué hacer para llegar preparado.

![Esquema para entender la ley de control horario en España](https://www.tramitapp.com/img/Infografia-Ley-de-control-horario.png)

## ¿Qué va a cambiar con el nuevo registro horario digital?

El nuevo real decreto hará obligatorio que el registro de jornada sea **totalmente digital, automático e interoperable con la Inspección de Trabajo**. El papel y el Excel editable dejarán de ser válidos. Estas son las claves del texto:

-   **Adiós al papel:** el registro será 100% digital y automático: la hora la registra el sistema en el momento del fichaje, no la apunta nadie a mano.

-   **Fin del fichaje «autodeclarativo»:** los sistemas donde la persona apunta su hora a mano, sin validación automática, dejarán de ser válidos.

-   **Inmanipulable y trazable:** cualquier corrección de un fichaje exigirá el acuerdo entre empresa y persona trabajadora, y quedará registrado quién cambió qué y por qué.

-   **Horas extra y complementarias incluidas:** el registro desglosará jornada ordinaria, extraordinaria y complementaria, con distinción entre trabajo presencial y a distancia.

-   **Acceso remoto para la Inspección:** la [ITSS (Inspección de Trabajo y Seguridad Social)](https://oeitss.gob.es/), el organismo público que vigila que se cumpla la normativa laboral, podrá consultar los fichajes telemáticamente, sin visita presencial.

-   **Acceso para representantes legales:** más transparencia para la plantilla.

En la práctica, esto convierte en papel mojado los sistemas que hoy usa la mayoría: según los datos citados en la tramitación de la norma ([elderecho.com](https://elderecho.com/trabajo-realizara-pequenos-cambios-en-el-texto-de-control-horario-pero-sin-desnaturalizar-la-norma/)), **el 90% de las pymes españolas sigue fichando en papel**. Si es tu caso, más abajo te contamos [qué hacer ya](#que-hago-si-aun-ficho-en-papel-o-excel).

## ¿En qué punto está el real decreto? (julio de 2026)

Si te preguntas por qué el registro horario vuelve a sonar en las noticias, esta vez el runrún trae algo concreto:

Trabajo ha corregido el texto para atender el dictamen del Consejo de Estado, pero eso ha comido plazos: **se ha descartado sacarlo antes de las vacaciones de agosto y el nuevo horizonte que manejan Trabajo y Economía es septiembre de 2026**. El calendario, a día de hoy:

| Hito | Estado |
| --- | --- |
| Dictamen del Consejo de Estado (23 de marzo) | Desfavorable: pedía estudio de costes para pymes, adaptación sectorial y más garantías de protección de datos |
| Adaptación del texto por Trabajo (julio) | Hecha: estudio de coste, ajuste para sectores con horarios irregulares (hostelería, campo) y consultas con la AEPD |
| Aprobación en Consejo de Ministros | Prevista en septiembre de 2026 (descartado el plan de antes de agosto) |
| Publicación en el BOE | Tras la aprobación; entrada en vigor a los 20 días |
| Plazo de adaptación para empresas | Último fleco: Trabajo defiende 6 meses; Economía pide hasta 12 para pymes |

La presión no afloja: CCOO y UGT han venido reclamando la aprobación con un **ultimátum al Gobierno** (fijaron el 31 de julio como línea roja para seguir firmando acuerdos con el Ejecutivo, [Público](https://www.publico.es/politica/registro-horario-continua-encallado-pulso-diaz-cuerpo-presion-sindicatos-apruebe-agosto.html)). Enfrente, la **CEOE ya ha anunciado que impugnará la norma judicialmente** — precisamente por eso Trabajo ha blindado el texto incorporando las objeciones del Consejo de Estado y el criterio de la AEPD.

Eso sí: hasta que el BOE no lo publique, **nada de esto es exigible**. Hoy sigue vigente el marco de 2019. Pero el margen se agota, y el plazo de adaptación —sean 6 o 12 meses— pasará rápido.

**¿Y TramitApp?** La plataforma ya cumple hoy con los requisitos que el borrador pone sobre la mesa: fichaje digital automático, registros inalterables con trazabilidad de correcciones, desglose de horas e informes listos para la Inspección. Y para lo único que nadie puede cerrar todavía —los detalles técnicos que fije el texto definitivo, como el mecanismo de acceso remoto de la ITSS—, nuestro equipo de compliance y producto está pendiente de la redacción final por si hay algún matiz que ajustar. Si fichas con TramitApp, el cambio normativo no será tu problema: estás cubierto.

## ¿Qué exige la ley de control horario hoy?

Mientras el nuevo decreto no entre en vigor, la obligación vigente es la del **artículo 34.9 del [Estatuto de los Trabajadores](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430)**, introducido por el [Real Decreto-ley 8/2019](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3481) y obligatorio desde el 12 de mayo de 2019: registro diario de jornada con hora exacta de entrada y salida, conservación durante al menos 4 años y acceso garantizado para Inspección, plantilla y representantes legales. Para los contratos a tiempo parcial, el artículo 12.4.c añade un resumen mensual de horas; para el teletrabajo, la [Ley 10/2021](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-11472) exige un registro igual de fiable que en la oficina.

### ¿A quién aplica?

A **todas las empresas con personas contratadas por cuenta ajena**, sin excepción de tamaño ni sector. La única exención real es la alta dirección con contrato especial (art. 2.1.a ET) — no los mandos intermedios con contrato laboral normal. Tres casos que generan dudas y tienen la misma respuesta (sí, hay que fichar):

-   **Tiempo parcial:** con más motivo. Si no hay registro, la Inspección presume jornada completa.

-   **Teletrabajo:** da igual desde dónde se trabaje; muchas empresas lo resuelven con [fichaje con geolocalización](https://www.tramitapp.com/fichaje-con-geolocalizacion/).

-   **Personal itinerante:** comerciales, técnicos en ruta o reparto también registran inicio y fin de jornada.

### ¿Qué debe incluir el registro?

**La hora exacta de entrada y de salida de cada persona, cada día.** Nada de «8 horas clavadas»: el registro debe decir «entrada 08:57 – salida 17:03», con las pausas anotadas si no están previstas por convenio. Tienes el detalle de [qué datos son obligatorios en el registro de jornada](https://www.tramitapp.com/blog/datos-registro-jornada-obligatorios/) en su propia guía. Además, el sistema debe ser fiable, no manipulable y con trazabilidad: si se corrige un fichaje, queda constancia de quién, cuándo y por qué.

| Formato | ¿Válido hoy? | ¿Y cuando llegue el decreto? |
| --- | --- | --- |
| **Papel o Excel editable** | Legal, pero débil ante Inspección | Dejará de ser válido |
| **Fichaje autodeclarativo (la persona apunta su hora)** | Legal, poco fiable | Dejará de ser válido |
| **Software o app con trazabilidad** | Legal y robusto | Cumple los requisitos previstos |

### ¿Cuánto tiempo hay que conservar los registros de jornada?

**Al menos cuatro años, según el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores** — es un mínimo legal, no una fecha de borrado: conservarlos más tiempo es perfectamente válido. Y durante todo ese tiempo deben permanecer accesibles de inmediato para la Inspección, para cada persona trabajadora y para sus representantes — incluidos los fichajes de gente que ya no está en plantilla. Piensa en los registros como en cuadros de un museo: se pueden ver en cualquier momento, pero nadie los toca sin dejar rastro. Si un inspector pide en 2026 los fichajes de 2022 y no existen o están incompletos, cuenta como no tener registro válido. Con sanción.

## ¿Qué multas aplica la Inspección de Trabajo?

**No llevar registro de jornada es infracción grave: multa de 751 a 7.500 €**, graduable según el número de trabajadores afectados y los demás criterios del artículo 39 de la LISOS. La escala completa:

| Infracción | Multa | Ejemplo |
| --- | --- | --- |
| Leve | 70 – 750 € | Fallos formales menores |
| Grave (la habitual en control horario) | 751 – 7.500 € | No tener registro, no conservarlo al menos 4 años, llevarlo a medias |
| Muy grave | 7.501 – 225.018 € | Fraude, manipulación, reincidencia |

Y no es teoría de grandes corporaciones: una pyme de servicios de 12 personas se llevó **3.126 € de sanción por guardar los registros solo un mes** en lugar del mínimo de 4 años. Según el Informe Anual de la [Inspección de Trabajo y Seguridad Social](https://oeitss.gob.es/), en 2024 hubo 9.097 actuaciones sobre registro de jornada con 1.869 infracciones detectadas — aproximadamente **1 de cada 5 empresas inspeccionadas acaba con acta**, y la mayoría de sanciones recae en pymes de 10 a 100 personas. Tienes más casos reales en nuestro repaso de [multas del control horario con importes concretos](https://www.tramitapp.com/blog/multas-control-horario/), y una guía para [dejar el registro a prueba de inspección](https://www.tramitapp.com/blog/por-que-debes-digitalizar-el-control-horario-para-una-inspeccion/).

### ¿Qué pasa si un empleado reclama horas extra y no hay registro fiable?

Que la empresa juega con las cartas en contra: **sin un registro de jornada fiable, la carga de probar las horas puede invertirse y recaer en la empresa**, que es quien estaba legalmente obligada a custodiar esa prueba. Los tribunales lo resuelven aplicando el principio de facilidad probatoria ([art. 217.7 de la LEC](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-323)): quien tenía el medio de prueba y no lo aporta, carga con las consecuencias. El Tribunal Supremo acaba de perfilarlo en su [sentencia 372/2026, de 15 de abril](https://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/el-supremo-aclara-cuando-la-falta-de-registro-horario-invierte-la-carga-de-la-prueba/): con jornadas irregulares o imprevisibles, la falta de registro puede bastar para dar por buena la versión de la persona trabajadora (si la concreta con precisión); con horario fijo y conocido, el trabajador debe aportar primero indicios del exceso — y entonces sí, la carga pasa a la empresa. Esta doctrina no la trae el nuevo real decreto ni depende de él: nace de la [sentencia del TJUE de 2019](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:62018CJ0055) que originó la obligación de fichar, y seguirá aplicándose quede como quede el texto definitivo.

Un apunte de protección de datos, porque comparte piso con todo esto: los fichajes son datos personales sujetos al RGPD y a la [LOPDGDD](https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-16673) — recoge solo lo necesario, con acceso restringido. Y si usas huella o reconocimiento facial, son datos especialmente protegidos: necesitas justificación sólida y evaluación de impacto. Te lo contamos en [¿es legal fichar con huella dactilar o reconocimiento facial?](https://www.tramitapp.com/blog/es-legal-fichar-con-huella-dactilar-en-la-empresa/)

## ¿Qué hago si aún ficho en papel o Excel?

**Empezar la transición ya, sin esperar al BOE.** La entrada en vigor del nuevo registro digital parece inminente y el plazo de adaptación será limitado. El camino, en tres pasos:

1.  **Audita lo que tienes hoy** con el checklist de abajo. Si tu registro actual ya cojea (sin trazabilidad, sin hora exacta, sin los 4 años guardados), el problema no es el decreto que viene: es la inspección que puede llegar mañana. Si usas Excel, aquí explicamos [por qué la plantilla de Excel se ha quedado obsoleta](https://www.tramitapp.com/blog/utilizar-una-plantilla-de-excel-para-el-control-horario/).

2.  **Elige un sistema digital que ya cumpla lo que el decreto va a exigir:** fichaje automático en tiempo real, registros inalterables con trazabilidad de cambios, desglose de horas extra e informes exportables al momento. Así el cambio normativo te pilla cumpliendo, no corriendo.

3.  **Migra el histórico:** los 4 años de conservación no se reinician con el sistema nuevo. Guarda los registros antiguos en un formato consultable.

¿Estás preparado? **Con [el control horario de TramitApp](https://www.tramitapp.com/control-horario/) estás cubierto**: fichaje digital automático, trazabilidad completa de correcciones e informes listos para la Inspección en segundos. Y para pymes que no quieren montar nada complejo, [TramitApp Nano](https://www.tramitapp.com/nano-control-horario-pymes/) cubre la normativa desde el primer trabajador, sin instalación ni formación.

## Checklist: ¿cumple tu empresa con la ley de control horario?

Repasa estos seis puntos; si alguno flojea, mejor detectarlo tú antes que la Inspección:

-   ¿Registras la **hora exacta de entrada y salida** de cada persona?

-   ¿Tus registros son **accesibles de inmediato** si te los piden?

-   ¿Guardas los datos durante **al menos los 4 años** que exige la ley?

-   ¿La plantilla puede **comprobar su información** cuando quiera?

-   ¿El sistema deja **constancia de quién modifica** un fichaje?

-   ¿Puedes **exportar informes** filtrados por persona, fecha o departamento?

## Preguntas frecuentes sobre la ley de control horario

### ¿Cuándo entra en vigor el registro horario digital obligatorio?

Aún no está aprobado: tras las objeciones del Consejo de Estado, el horizonte se ha movido a septiembre de 2026. Una vez aprobado y publicado en el BOE, entraría en vigor a los 20 días. Las empresas tendrán después un plazo de adaptación, pendiente de cerrar entre 6 y 12 meses.

### ¿Puedo seguir fichando en papel o Excel?

Hoy sí es legal, pero con fecha de caducidad: el real decreto en tramitación hará obligatorio el registro digital y los sistemas en papel, Excel editable o autodeclarativos dejarán de ser válidos. Además, ya hoy son el formato más débil ante una inspección.

### ¿Cuánto es la multa por no tener registro horario?

De 751 a 7.500 € por infracción grave según la LISOS, graduable según el número de trabajadores afectados. En casos de fraude o manipulación puede calificarse como muy grave, con multas de hasta 225.018 €.

### ¿Puede la Inspección pedirme registros de hace 4 años?

Sí. La obligación de conservar los fichajes durante al menos 4 años incluye a personas que ya no están en plantilla: si alguien trabajó en 2022 y hay una inspección en 2026, la empresa debe poder mostrar sus registros de aquel periodo.

### ¿Se pueden corregir los fichajes?

Sí, siempre que quede constancia de quién hizo la corrección, cuándo y por qué. Con el nuevo decreto, además, cualquier modificación exigirá la conformidad de la persona trabajadora. Lo que la ITSS persigue son los cambios sin rastro.

## Conclusión: el que llega preparado no corre

El registro horario ya era obligatorio; lo que cambia ahora es que el margen para cumplirlo «a medias» desaparece. Cuando el decreto se publique —el horizonte que se maneja es septiembre de 2026—, papel, Excel y apaños dejarán de valer, y el plazo de adaptación correrá rápido.

Con TramitApp estás cubierto: la plataforma ya cumple los requisitos que el borrador pone sobre la mesa, y nuestro equipo de compliance y producto está pendiente de la redacción final por si algún matiz obliga a ajustar — es lo que hacemos para las más de **3.000 empresas** y **150.000 empleados** que fichan con nosotros a diario. Si quieres llegar al BOE con los deberes hechos, [pide tu demo](https://www.tramitapp.com/accede-a-tu-demo/) y compruébalo.

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Escrito por

### Eva Gauche

Especialista en marketing narrativo para RRHH; traduzco normativas a idioma humano y doy forma a historias que nacen de datos. Mi objetivo es que el contenido ayude, aporte y se lea con ganas.

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