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Qué es y cómo solicitar el convenio especial de la Seguridad Social

Qué es y cómo solicitar el convenio especial de la Seguridad Social

Si te han dado de baja en la Seguridad Social y aún te faltan unos pocos años por cotizar para tener derecho a una pensión, un convenio especial de la Seguridad Social puede ser una buena opción. Te contamos todo lo que debes saber sobre ello para su tramitación.

¿Qué es un convenio especial de Seguridad Social?

Un convenio especial de seguridad social es un acuerdo entre un empleador y la Seguridad Social que permite generar, mantener o ampliar el derecho a prestaciones de la Seguridad Social.

Por ejemplo, si un empleado tiene 57 años y está en el paro, este puede suscribirse al convenio con la Seguridad Social. Así, seguirá cotizando de forma que, cuando llegue a la edad de jubilación, estos años le contarán como años trabajados en el caso de cumplirse con los requisitos.

¿Para qué sirve?

El convenio especial con la Seguridad Social sirve para cubrir las prestaciones de invalidez permanente, muerte y supervivencia, derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, jubilación y servicios sociales. Si se cumplen los requisitos, este convenio da derecho a una pensión de jubilación o de viudedad y a las prestaciones derivadas de un accidente no laboral o una enfermedad común.

Muchos empleados hacen uso de este convenio para seguir cotizando a la jubilación después de haber perdido su empleo o de haberse visto reducida su jornada laboral. De esta forma no pierden los derechos generados para la futura jubilación y se busca cobrar una pensión más alta.

¿Quién puede suscribirse a este convenio especial?

Existen varios supuestos en los que una persona podía solicitar este convenio. Algunos de ellos son:

  •  Empleados que causen baja en la Seguridad Social.
  • Trabajadores contratados con remuneraciones inferiores a las cobraban en el último año.
  • Empleados que dejen de cobrar el paro.
  • Pensionistas que hayan sido declarados inválidos parciales.
  • Pensionistas a los que se les haya denegado la pensión.

Requisitos para solicitarlo

Sea cual sea el supuesto, para todos es imprescindible  tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 1.080 días en los doce años anteriores a su baja en la Seguridad Social.

Este convenio especial no permite cotizar para tener derecho a la prestación por desempleo, maternidad, paternidad o riesgos durante el embarazo. Por lo tanto, no podremos usarlo para tener derecho a cobrar el paro, entre otras, solo para el caso anteriormente descrito de seguir cotizando a la jubilación.

¿Cómo solicitarlo?

La solicitud del convenio especial de la Seguridad Social deberá realizarse en el modelo oficial ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social del domicilio del trabajador que lo solicita. Aquí puedes encontrar el modelo que debe presentarse.

Para suscribirse a este convenio, debe presentarse la solicitud en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social que corresponda a su domicilio (modelo TA-0040). El plazo para realizarlo será en los 90 días siguientes al cese o situación determinante del convenio especial.

¿Cuánto debe pagar el trabajador?

El empleado deberá pagar un importe mensual a la Seguridad Social. Para saber de cuánto será el importe mensual el empleado deberá decidir la base de cotización sobre la que se va a realizar el convenio. La base de cotización escogida determinará más tarde la cuantía de la pensión de jubilación.  Por ello es esencial elegir una base que sepamos que podemos pagar y que nos permita obtener una pensión adecuada.

La cuantía de la base de cotización dependerá de aquellas cotizaciones realizadas anteriormente y no podrá ser inferior a la base mínima ni superior a la base máxima. Esto viene porque el objetivo del convenio especial no es ampliar los derechos económicos para la jubilación, sino mantenerlos cuando el empleado pierde su trabajo o se reduce su jornada.

Casos en los que deja de tener efecto

Si el trabajador vuelve a tener un periodo de actividad laboral, este convenio especial quedará suspendido. También si el trabajador adquiere la condición de jubilado o tiene otras pensiones por incapacidad permanente.

Otro de los casos de extinción sería la fala de abono de las cuotas correspondientes al empleado durante tres meses. O en el caso de que el propio interesado comunique su decisión de suspensión por escrito a la Dirección Provincial de la Tesorería.

El proceso de tramitación de un convenio especial de la seguridad social puede variar según el país o la región en el que se encuentre. Por lo tanto, es importante consultar con la seguridad social o con un experto en leyes laborales para obtener más información sobre el proceso de tramitación en su lugar de trabajo.

Si quieres conocer la tramitación de otros modelos de la Seguridad Social tales como el modelo TA2, ¡permanece atento a nuestro blog!

Sobre el autor

Tamara Vargas

Periodista Digital aficionada al mundo de la tecnología y de la comunicación.

2 Comentarios

  1. Chesca Gamez

    Hola a mí me an dado una baja por incapacidad total y me gustaría saber dónde podría seguir o cómo cotizando para la ssocial ya que tengo 64 años y me faltan 9baños d cotización y me gustaría poder restar alguno aunque sea pagando. Gracias

    Responder
  2. rafael

    en paro cobrando la prestacion por desempleo que termina en abril del 2025
    cuando deberia solicitar convenio especial para mantener la actual base de cotizacion

    Responder

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