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Los trabajadores ya no tendrán que entregar el parte de baja

Los trabajadores ya no tendrán que entregar el parte de baja

Desde el 1 de abril del 2023, los trabajadores ya no tienen que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa. ¿Cómo lo harán entonces? Todo se tramitará por medios telemáticos entre las Administraciones y la empresa.

Termina la obligación de llevar el parte de baja a la empresa

El BOE ha publicado un decreto que elimina la obligación de que los trabajadores lleven el parte de baja a la empresa. A partir de su entrada en vigor el 1 de abril atención primaria, la Seguridad Social, mutuas y empresas intercambiarán estos documentos de manera telemática. Esta medida afectará a todas las incapacidades temporales que comiencen o estén en proceso el primer día de abril.

Se acaba así con el proceso que suponía que las personas trabajadoras tuvieran que hacer las gestiones directamente estando enfermas.

¿Qué modificaciones entran en vigor a partir del 1 de abril?

La principal novedad de este Real Decreto es que se elimina la obligación del médico de entregar al trabajador una copia del parte de baja por incapacidad temporal y que este empleado deba entregar a la empresa. Ahora será la administración la que comunique telemáticamente tanto la baja como el alta médica.

Además de desaparecer la obligación de entregar el trabajador el parte de baja a la empresa, las modificaciones del decreto se centran también en:

  • La expedición de los partes de baja, confirmación y alta.
  • Gestión y control de los procesos de IT.
  • Tramitación de los partes de baja, confirmación y alta.

Cómo será el proceso de baja

El desarrollo de los sistemas informáticos permite prescindir de la entrega a la persona trabajadora de la copia en papel del parte médico, por lo tanto, las comunicaciones de las bajas a partir de ahora serán telemáticas y deberán ser prácticamente inmediatas.

El médico o la mutua mandarán los partes de baja a la Seguridad Social en el mismo día o, como mucho, en el siguiente día hábil. En ese momento. la Seguridad Social deberá comunicar a la empresa por medios electrónicos, en el mismo plazo recibido, los partes médicos de baja, confirmación o alta emitidos por los facultativos.

A partir de aquí, la empresa tendrá hasta un máximo de 3 días hábiles para completar los datos requeridos a través del sistema RED. En el caso de no hacerlo en el plazo, la empresa será sancionada.

¿Cómo tramitar la baja médica con TramitApp?

A la hora de coger una baja médica, el empleado puede realizar el trámite de baja aunque no haya parte. De esta manera informará a la empresa de su baja. En este momento, la empresa se conectará al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) para recabar la validez. Además de esto, la baja será informada telemáticamente a la empresa por el Sistema RED para que esta cumplimente los datos y pueda enviarlo a través de este sistema.

Sobre el autor

Tamara Vargas

Periodista Digital aficionada al mundo de la tecnología y de la comunicación.

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